MANIFESTACIÓN CONTRA JUDIOS INADMISIBLE EN EL SIGLO XXI

Eduardo Sadot
El derecho de libre manifestación y expresión encuentra en las democracias contemporáneas su límite más claro frente a la dignidad humana y los discursos de odio.
Los recientes acontecimientos registrados frente a un templo religioso en la colonia Polanco de la Ciudad de México exigen una reflexión profunda y seria sobre los cimientos normativos e institucionales que rigen nuestra convivencia pacífica.
En el marco constitucional mexicano, el artículo primero prohíbe de manera tajante cualquier forma de discriminación motivada por origen étnico, nacional o adscripción religiosa.
De igual forma, el artículo sexto salvaguarda la libertad de expresión, pero delimita sus fronteras cuando se atentan los derechos de terceros, se incita a la comisión de delitos o se perturba el orden público.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reiterado de forma sistemática que la libertad de expresión no constituye un derecho absoluto; las proclamas que incitan al odio, la discriminación o la violencia hacia colectividades específicas carecen de tutela constitucional.
Desde la perspectiva del derecho penal, el Código Penal Federal contempla en su artículo 149 Ter sanciones que van de uno a tres años de prisión a quien incite a la violencia o vulnere derechos fundamentales por motivos religiosos o étnicos.
Paralelamente, el Código Penal para la Ciudad de México, en su artículo 206, tipifica y castiga severamente la provocación al odio y las agresiones dirigidas contra la dignidad de cualquier grupo social.
El ejercicio de la protesta pública es un pilar irremplazable del Estado democrático de derecho; sin embargo, la legitimidad de cualquier reclamo se extingue en el instante en que transita hacia el hostigamiento sistemático de una comunidad por sus creencias o su identidad.
Confundir la libertad de manifestación con el permiso explícito para amedrentar a feligreses en sus centros de culto vulnera los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México es parte soberana. Frente a la polarización global, las instituciones y la sociedad deben reafirmar la vigencia irrestricta de la ley.
Prevenir, sancionar y erradicar las conductas discriminatorias no es únicamente un mandato legal positivo para las autoridades de los tres órdenes de gobierno, sino un deber ético ineludible para preservar el tejido social y la paz pública en nuestro país.
Hay voces inconformes sobre el tema de los enfrentamientos Israel- Palestina definiciones a favor y en contra, todos muy respetables, pero de eso a polarizar el tema y llegar a discursos de odio, hay una gran distancia.
La guerra de medio oriente lleva años, la información que nos llega es rica y muy variada, ello desencadena posturas encontradas, pero llegar a la paranoia de satanizar a una de las partes es inaceptable –no intolerable– porque eso nos colocaría precisamente en la posición de intolerancia que criticamos, lo que si hay que investigar y mantener en observación a los actores del evento, porque así crecen los problemas que luego se vuelve irresolubles, lo menos que puede uno esperar es que al menos haya archivos y registros de lo sucedido y los actores que intervinieron, porque a ese ritmo un día –esperamos equivocarnos– se volverá un problema y el gobierno no puede argumentar que no sabía o que no tuvo la precaución de llevar un seguimiento a estas conductas.
Twitter: @eduardosadot
TikTok: eduardosadotoficial
Face: Eduardo.Sadot
.png)



Comentarios